El Consejo de Estado declara nula la elección de Andrés Gómez por doble militancia

Pantallazo de una publicación del hoy concejal Ramiro González Zabala, evidencia en el proceso sobre la nulidad de la elección de Andrés Gómez.
Angeles

Una nueva decisión judicial puso por fuera de su cargo al alcalde de Sincelejo, Andrés Eduardo Gómez Martínez, quien fue el primer mandatario capitalino elegido por voto popular en ser suspendido.


El Consejo de Estado decidió este jueves, 23 de junio, declarar nula la elección del alcalde tras probarse que incurrió en doble militancia en la modalidad de apoyo. Los efectos de la sentencia son ex nunc, es decir, tan pronto el alcalde sea notificado debe dejar de ejercer.

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El hecho es que Gómez Martínez, con aval principal de Cambio Radical, no podía apoyar a Yahir Acuña Cardales a la Gobernación de Sucre porque el candidato de su partido a ese cargo era Eduardo Pérez Santos.

Los demandantes del caso que tumba la elección de Gómez son Omar de Jesús Ochoa García, Nataly Strusberg Castañeda y Elkin Enrique Díaz Camacho.

«[…] se puede establecer que hubo un acuerdo -tácito o expreso- entre los señores Andrés Eduardo Gómez Martínez y Yahir Acuña Cardales para adelantar una campaña política conjunta, crear en el electorado una identidad entre los dos que implicó identidad de colores, tipografía, eventos e incluso de propaganda, la cual, si bien pudo ser sufragada por terceros, nunca fue rechazada por el demandado – hasta donde se acreditó en el expediente», dice la página 62 de las 63 del fallo.

Una de las evidencias que cita el proceso sobre ese acuerdo político es una publicación en el Facebook del hoy concejal Ramiro González Zabala (pulsa aquí para verla). En ella se ve a Yahir Acuña, a Andrés Gómez y a la mamá de este último. No fue uno solo el registro; el 22 de agosto de 2019 también se les vio juntos (pulsa aquí para ver).

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El Consejo de Estado revocó así un fallo del Tribunal Administrativo de Sucre que favorecía a Gómez Martínez y desechaba las pretensiones de los demandantes.

«Por lo tanto, la conducta reprochada en este caso no es la publicidad conjunta sino la totalidad de actos adelantados por el demandado en pro de generar identidad con la campaña del referido testigo que analizados de manera global dan cuenta de lo expuesto», dice otra parte del fallo.

En el momento de escrita esta nota no se conocía pronunciamiento del alcalde sobre esta decisión.

Este es el fallo del Consejo de Estado:

Fallo del Consejo de Estado anula la elección del alcalde de Sincelejo-23/06/2022 by Sucre Noticias on Scribd

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